ÁMBITO DE APLICACIÓN. DEFINICIONES

7.1.1. Este capítulo de las Reglas se aplica a los equipos eléctricos. edificios residenciales, enumerado en el capítulo SNiP 2.08.01-89* (ed. 1995) “Edificios residenciales”., SNiP 2.08.02-89 “Edificios y estructuras públicas. Estándares de diseño. Parte general”, así como para equipos eléctricos de instituciones de clubes, empresas de entretenimiento y edificios deportivos cubiertos y estructuras con menos de 300 asientos en el auditorio, edificios auxiliares y locales de empresas industriales.

Los requisitos de este capítulo no se aplican a instalaciones electricas especiales en instituciones médicas, organizaciones e instituciones de ciencia y servicios científicos, instituciones culturales, sistemas de despacho y comunicación, así como instalaciones eléctricas, que por su naturaleza deben clasificarse como instalaciones eléctricas de empresas industriales (talleres, salas de calderas, puntos de calentamiento, estaciones de bombeo, lavanderías, tintorerías, etc.).

Al equipamiento eléctrico de singulares residenciales y edificios publicos Es posible que se apliquen requisitos adicionales.

7.1.2. Los equipos eléctricos de edificios residenciales y públicos, además de los requisitos de este capítulo, deben cumplir con los requisitos de otras secciones y capítulos del PUE en la medida en que este capítulo no los modifique.

7.1.3. Un dispositivo de entrada (ID) es un conjunto de estructuras, dispositivos e instrumentos instalados en la entrada de la línea de suministro a un edificio o su parte separada.

Un dispositivo de distribución de entrada (IDU) es un conjunto de estructuras, dispositivos e instrumentos instalados en la entrada de la línea de suministro a un edificio o en una parte separada del mismo, así como en líneas que se extienden desde la IDU.

7.1.4. El cuadro de distribución principal (MSB) es el cuadro de distribución a través del cual se suministra electricidad a todo el edificio o a una parte separada. El papel del cuadro de distribución principal puede ser realizado por una ASU o un cuadro de distribución de baja tensión de una subestación.

7.1.5. Un tablero de distribución secundario (SDB) es un tablero de distribución que recibe electricidad del tablero de distribución principal o ASU y la distribuye a paneles de grupo y puntos de distribución del edificio.

7.1.6. Un punto de distribución o panel de grupo es un punto o panel en el que se instalan dispositivos de protección y dispositivos de conmutación de receptores eléctricos individuales o sus grupos (motores eléctricos, lámparas).

7.1.7. Un panel de apartamento es un panel de grupo instalado en escalera, en pasillos, pasillos de piso o en apartamentos de edificios residenciales y destinados a conectar redes grupales de apartamentos.

7.1.8. Un panel de piso es un panel de grupo instalado en pisos y destinado a alimentar paneles de apartamentos. El panel de suelo se instala en la escalera, en el vestíbulo o en el pasillo del suelo.

7.1.9. Una sala de centralita es una habitación cerrada con llave, accesible sólo al personal de mantenimiento, en la que se instalan VU, ASU, cuadro principal, cuadro VR, etc.

7.1.10. La red de suministro es la red desde la aparamenta de una subestación o ramal desde la línea eléctrica hasta la ASU, así como desde la ASU hasta el cuadro de distribución principal y VRShch y hasta los puntos de distribución o paneles de grupo.

7.1.11. Una red de grupo es una red que suministra lámparas y enchufes.

7.1.12. Una red de distribución es una red que suministra energía a receptores eléctricos.

REQUISITOS GENERALES

7.1.13. La alimentación de los receptores eléctricos debe realizarse desde una red eléctrica de 380/220 V con neutro sólidamente puesto a tierra. En casos justificados, se permite la alimentación desde una red superior a 380/220 V con neutro sólidamente puesto a tierra. En edificios existentes con redes de 220/127 V, las redes deben convertirse a 380/220 V.

7.1.14. Las redes eléctricas de los edificios deben proporcionar casos necesarios la posibilidad de alimentar iluminación publicitaria, escaparates, fachadas, iluminación, exteriores, dispositivos contra incendios, sistemas de despacho, indicadores luminosos, alarmas sonoras y otras, así como alimentar luces ligeras para cercas.

SUBESTACIONES TRANSFORMADORAS

7.1.15. En edificios residenciales ( edificios de apartamentos y dormitorios), edificios de dormitorios de instituciones hospitalarias, sanatorios y centros turísticos, casas de reposo, instituciones de seguridad social, así como en instituciones para madres e hijos, en escuelas secundarias e instituciones de crianza de niños, en instituciones educativas para la formación y formación avanzada de trabajadores y otros trabajadores, instituciones de educación secundaria especializada, etc. No se permite la construcción de subestaciones empotradas y anexas. En otros locales de edificios públicos, se permite la colocación de subestaciones empotradas y anexas, sujeto a lo dispuesto en el Capítulo. 4.2. En estas salas, los transformadores deben instalarse sobre amortiguadores.

7.1.16. Los interruptores de hasta 1 kV y superiores deben, por regla general, colocarse en diferentes habitaciones. En este caso, las salas de distribución de hasta 1 kV y superiores deben tener entradas independientes con cerradura. Está permitido colocar aparamenta de hasta 1 kV y más en una habitación si son operados por la misma organización.

El requisito de colocar aparamenta de hasta 1 kV y más en habitaciones separadas no se aplica a las subestaciones transformadoras tipo paquete. La parte de alto voltaje de la subestación del paquete, si es necesario, está sellada por la organización bajo cuya jurisdicción se encuentra.

DISPOSITIVOS DE ENTRADA, TABLAS DE DISTRIBUCIÓN PUNTOS DE DISTRIBUCIÓN Y TABLAS DE GRUPO

7.1.17. Las entradas a los edificios deben estar equipadas con una VU o ASU. Antes de ingresar al edificio, no está permitido instalar cajas de cables adicionales para separar el alcance del servicio de las redes de suministro externas y las redes dentro de los edificios. Dicha separación deberá garantizarse en la ASU o cuadro principal.

7.1.18. Se deben instalar dispositivos de protección y dispositivos de control en la VU o ASU. En VU y ASU con una corriente no superior a 25 A, no se pueden instalar dispositivos de control. Al instalar dispositivos de protección para corrientes de hasta 25 A en derivaciones de líneas aéreas, no es necesario instalar VU o ASU en las entradas del edificio.

Está permitido no instalar dispositivos de protección en la entrada de la línea de suministro al edificio si la protección está disponible al comienzo de la rama o si el suministro de energía a la VU o ASU se proporciona a través de una línea separada. Se deberán instalar dispositivos de protección en cada línea que se extienda desde el cuadro, punto o panel de distribución.

El dispositivo de control puede ser común a varias líneas. Además, en el caso de combinar la unidad de control con un cuadro de distribución y la presencia de un dispositivo de control con una posición fija de apagado en la entrada, no es necesaria la instalación de un dispositivo de control general adicional.

7.1.19. Los dispositivos de control, independientemente de la presencia de los mismos dispositivos al inicio de la línea de suministro o en su ramal, deben instalarse en las entradas de las líneas de suministro a los locales comerciales, servicios públicos, locales administrativos, etc., así como en los locales. de consumidores aislados económicamente en zonas administrativas.

7.1.20. Las redes de suministro externas (desde subestaciones hasta VU, ASU) deben protegerse únicamente contra corrientes de cortocircuito.

7.1.21. Al colocar dispositivos de protección además de los requisitos del Cap. 3.1 Se deberán seguir los siguientes requisitos:

1. En edificios y locales residenciales y públicos, los interruptores automáticos y los fusibles en los puntos de distribución y paneles de grupo deben instalarse únicamente en circuitos de cables de fase.

2. Cuando se instalan en escaleras a una distancia de no más de 3 m del contrahuella, paneles que combinan las funciones de paneles de apartamento y piso, un panel separado panel de piso no requiere instalación.

7.1.22. Como regla general, el cuadro de distribución principal VU, ASU debe instalarse en salas de cuadro de distribución accesibles únicamente al personal de mantenimiento, o en armarios o nichos cerrados con llave. En zonas propensas a inundaciones, deben instalarse por encima del nivel de inundación.

Para edificios residenciales de uno y dos pisos que no tienen escaleras comunes, la VU y la ASU se pueden instalar en el exterior, en la pared del edificio. En este caso, deberán tener un grado de protección adecuado.

Se permite colocar la VU, la ASU y el cuadro principal en habitaciones asignadas en sótanos secos o subterráneos técnicos, siempre que estas habitaciones sean de fácil acceso para el personal de mantenimiento y estén separadas de otras habitaciones por tabiques ignífugos con un límite de resistencia al fuego de al menos 0,75. horas.

Al colocar VU, ASU, cuadro de distribución principal, VRShch, puntos de distribución y paneles de grupo fuera de las salas de cuadro de distribución, se deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Los dispositivos deberán ubicarse en lugares convenientes y accesibles para su mantenimiento.

2. Los puntos y escudos, por regla general, deben instalarse en nichos, cajones o cubrirse con carcasas.

Los puntos y escudos no deben tener partes vivas abiertas y no aisladas.

3. Los dispositivos deben instalarse a una distancia de al menos 0,5 m de tuberías (suministro de agua, calefacción, alcantarillado, desagües internos), tuberías de gas y medidores de gas.

7.1.23. Los dispositivos de distribución de entrada, cuadros de distribución, blindajes, puntos instalados en salas especiales de cuadros de distribución o en nichos con cerradura hechos de estructuras ignífugas no podrán tener paredes ni puertas traseras ni laterales.

7.1.24. No se permite ubicar salas de centralita, así como VU y ASU debajo de inodoros, baños, duchas, cocinas (excepto cocinas de apartamentos), fregaderos, cuartos de lavado y vapor de baños, cuartos de lavado de lavanderías, tintorerías, etc.

Tuberías (suministro de agua, calefacción, alcantarillado, desagües internos), ventilación y otros conductos tendidos a través de salas de cuadros (con excepción de los ramales a dispositivo de calentamiento la propia sala de cuadros), no debe tener derivaciones dentro de la sala, así como trampillas, válvulas, bridas, revisiones, válvulas, etc. No está permitido el tendido de gasoductos y tuberías con líquidos inflamables a través de estos locales.

Las puertas de las salas eléctricas deben abrirse hacia afuera.

7.1.25. Los locales en los que se instalen VU, ASU, cuadro de distribución principal, VRShch, puntos de distribución, cuadros de distribución y blindajes deben tener ventilación natural e iluminación eléctrica, así como calefacción, procurando que la temperatura ambiente no sea inferior a +5°C.

7.1.26. circuitos electricos VU, ASU, cuadro de distribución principal, VRShch, puntos de distribución, paneles de grupo pueden fabricarse con cables con conductores de aluminio o aluminio-cobre.

CABLEADO ELÉCTRICO Y LÍNEAS DE CABLES

7.1.27. Al ejecutar cableado eléctrico interno Y líneas de cable se debe seguir lo siguiente:

1. Instalaciones eléctricas diferentes organizaciones, aislado en términos administrativos y económicos, ubicado en el mismo edificio, puede conectarse mediante ramales a una línea de suministro común o mediante líneas separadas del ASU, cuadro principal o VRSHCH.

Se permite alimentar las instalaciones eléctricas de los consumidores del sector no residencial y de los apartamentos desde una línea de suministro común, siempre que se instalen dispositivos de control separados en los puntos de derivación. En ambos casos se debe garantizar la calidad de la tensión (ver Capítulo 1.2).

2. Está permitido conectar varias bandas a una línea. En un ramal a la contrahuella que abastece a los apartamentos. edificios residenciales con más de cinco pisos, se deberá instalar un aparato de control.

3. En edificios residenciales, las lámparas en escaleras, pasillos, pasillos y otros locales interiores fuera de los apartamentos deben alimentarse a través de líneas independientes desde la ASU o paneles de grupo separados alimentados desde la ASU. No se permite conectarlos a paneles de apartamentos.

4. Para agrupar líneas de iluminación de escaleras, pasillos de planta, vestíbulos, vestíbulos, sótanos, subcampos técnicos y áticos de edificios residenciales y públicos, se permite conectar hasta 60 lámparas incandescentes o fluorescentes por fase con una potencia de hasta 65 W cada una.

5. Para escaleras y pasillos con luz natural, se recomienda prever control automático Iluminación eléctrica en función de la iluminación creada por la luz natural.

7.1.28. En edificios residenciales, las contrahuellas de las redes de suministro de apartamentos deben colocarse a lo largo de las escaleras. No está permitido instalar elevadores de suministro de energía en el interior de los apartamentos.

Permitido para recostarse tubería común, una caja o canal común hecho de estructuras de construcción ignífugas, etc. cables de líneas de suministro de apartamentos junto con cables de iluminación de trabajo de escaleras, pasillos y otros locales interiores.

El tendido de redes de grupos de apartamentos desde el panel principal hasta la entrada al apartamento debe realizarse en canales, tuberías, cajas, etc. independientes, es decir, por separado de las líneas de grupo de otros apartamentos.

No obstante los requisitos 2.1.15 Está permitido tender conjuntamente hasta 12 cables de redes grupales de apartamentos en edificios residenciales en un canal.

Asociación permitida cables neutros líneas de suministro para apartamentos y líneas de iluminación de trabajo para escaleras y pasillos.

7.1.29. El tendido de líneas en las instalaciones, por regla general, debe realizarse de forma oculta. Se recomienda realizar la instalación abierta de redes en suelos técnicos y subterráneos, sótanos sin calefacción, puntos de calefacción, cámaras de ventilación, salas de bombas, en locales húmedos y especialmente húmedos.

Secciones verticales (huellas) de líneas. red electrica debe realizarse: con cables desprotegidos - en tuberías, conductos, canales de estructuras de construcción, cables, barras colectoras - en pozos y canales de estructuras de construcción.

Los lugares por donde pasan líneas a través de techos entre pisos deben sellarse con materiales ignífugos.

En edificios residenciales y públicos, así como en los baños de edificios residenciales, se permite realizar cableado oculto, sin tuberías, con cables especiales (por ejemplo, APPV) en las ranuras de las paredes, debajo del yeso, etc.

En edificios construidos con estructuras ignífugas, se permite la instalación permanentemente cerrada de cables de red grupales en paneles de paredes, tabiques y techos cuando se fabrican en fábricas de la industria de la construcción.

7.1.30. En los locales para cocinar y comer, a excepción de los apartamentos, está prohibido tender cables al aire libre.

En las cocinas de los apartamentos se pueden utilizar los mismos tipos de cableado eléctrico que en salas de estar y pasillos. En baños, duchas y aseos, por regla general, se debe utilizar cableado eléctrico oculto; Se permite cableado eléctrico abierto con alambres y cables protegidos.

Al tender alambres y cables, se deben tener en cuenta los requisitos de las "Instrucciones para la selección y uso de alambres de instalación", incluidos los requisitos para locales y edificios hechos de materiales combustibles, así como el "Unificado instrucciones técnicas sobre la selección y utilización de cables eléctricos."

7.1.31. El cableado eléctrico en los áticos debe realizarse de acuerdo con los requisitos de la Sec. 2.1. Estos requisitos no se aplican a los áticos utilizados como suelo técnico y que tengan estructuras de construcción ignífugas.

7.1.32. Las redes eléctricas colocadas detrás de techos suspendidos impenetrables se consideran conductores eléctricos ocultos y deben instalarse: detrás de techos hechos de materiales combustibles: en tuberías de metal, cajas, mangueras de metal; detrás de techos de materiales ignífugos y resistentes al fuego: tubos, cajas, mangueras metálicas de plástico vinílico o similares, así como cables y alambres protegidos con revestimientos de materiales resistentes al fuego. Debe ser posible reemplazar alambres y cables.

Tabla 7.1.1. Las secciones transversales más pequeñas permitidas de cables y alambres de redes eléctricas en edificios.

Nombres de línea

Sección transversal más pequeña de cables y alambres, mm 2

aluminio y aluminio-cobre

Líneas de red de grupo y distribución.

Líneas a paneles de vivienda y al contador de liquidación.

Líneas eléctricas y elevadores para alimentar apartamentos y dormitorios

7.1.33. Las secciones transversales de cables y alambres de la red eléctrica de los edificios no deben ser inferiores a las indicadas en la tabla. 7.1.1.

Las líneas trifásicas en edificios residenciales deben tener una sección transversal conductores neutros, igual a la sección transversal de los conductores de fase, si los conductores de fase tienen una sección transversal de hasta 25 mm 2 (para aluminio), y para secciones transversales grandes, al menos el 50% de la sección transversal del conductores de fase. Las secciones transversales de los conductores de trabajo cero y de protección neutral en líneas de tres hilos no deben ser menores que la sección transversal de los conductores de fase.

Cero trabajadores y cero conductores de protección debe cumplir con los requisitos del Cap. 1.7.

En edificios residenciales y públicos, las líneas de red grupales tendidas desde paneles grupales hasta enchufes, debe ser de tres hilos (fase, neutro de trabajo y conductor neutro de protección). El suministro de energía a los receptores eléctricos monofásicos estacionarios debe realizarse mediante líneas de tres hilos. Al mismo tiempo, los conductores neutros de trabajo y de protección neutros no deben conectarse en el blindaje debajo de una abrazadera de contacto.

EQUIPO ELÉCTRICO INTERNO

7.1.34. Las lámparas y otros dispositivos de iluminación en todas las habitaciones deben instalarse y ubicarse de manera que puedan recibir mantenimiento de manera segura usando el uso normal. medios tecnicos(escaleras, escaleras de tijera, etc.). Si esto no es posible, se deberán prever dispositivos especiales (torres correderas, puentes peatonales, etc.). Está permitido dar servicio a lámparas ubicadas a una altura no superior a 5 m de escaleras y escaleras de tijera.

7.1.35. En las habitaciones para cocinar y comer, a excepción de las cocinas de los apartamentos, las lámparas con lámparas incandescentes instaladas encima de los lugares de trabajo (estufas, mesas, etc.) deben tener un cristal protector en la parte inferior. Para luminarias con lámparas fluorescentes Es suficiente con la presencia de mallas o rejillas, o se deben utilizar en las lámparas portalámparas cuyo diseño evite que las lámparas se caigan.

7.1.36. En cuartos de baño, duchas y aseos de apartamentos, hoteles y dormitorios, los alojamientos de las lámparas con lámparas incandescentes y los casquillos deberán ser de material aislante.

7.1.37. No se permite la instalación de enchufes en baños, duchas, vestuarios en duchas y en salas de jabón de baños, baños de vapor y lavaderos de lavandería.

En los baños de apartamentos, hoteles y dormitorios, se permite instalar enchufes conectados a la red mediante transformadores aislantes o dispositivos de corriente residual (RCD) de acuerdo con las “Instrucciones temporales para el uso de dispositivos de corriente residual en instalaciones eléctricas de viviendas”. edificios” (1997, Glavgosenergonadzor de Rusia) (ver capítulo 1.1).

En las escuelas secundarias y guarderías, en las habitaciones para niños, los enchufes deben instalarse a una altura de 1,8 m del suelo. La altura de instalación de enchufes en otros edificios públicos y locales residenciales se selecciona de manera conveniente para la conexión a ellos. electrodomésticos dependiendo del propósito de la habitación y del diseño interior.

Está permitido instalar enchufes e interruptores en especiales. paneles de pared, fabricado en fábricas del sector de la construcción, sin el uso de cajas integradas.

Los enchufes deben estar lo más lejos posible de las partes conectadas a tierra (tuberías, fregaderos) y a una distancia mínima de 0,5 m de ellas. En el caso de las cocinas. apartamentos residenciales y edificios públicos, esta distancia no está estandarizada.

EN red de distribución establecimientos de restauración y comercio minorista, los enchufes se instalan de acuerdo con especificaciones técnicas Sin embargo, su altura de instalación no debe exceder los 1,3 m.

7.1.38. Interruptores para iluminación de trabajo, emergencia y evacuación en locales comerciales de comercios, comedores y otros destinados a ser habitados gran cantidad Las personas deben ser accesibles sólo para el personal de servicio.

7.1.39. En baños, lavabos, jaboneras, baños de vapor, lavaderos, lavanderías, etc. No se deben instalar interruptores. Se permite la instalación de interruptores en los lavabos.

7.1.40. Se recomienda instalar interruptores en la pared cerca de las puertas laterales. manija de la puerta: Se pueden instalar bajo el techo con control por cable. La altura de instalación de los interruptores en la pared debe ser igual a 1,5 m, a excepción de las escuelas secundarias y las guarderías. instituciones preescolares, en habitaciones para niños, donde los interruptores deben instalarse a una altura de 1,8 m del suelo.

7.1.41. Se debe instalar una luz encima de cada entrada principal del edificio.

7.1.42. Los letreros de las casas y los letreros de las bocas de incendio deben estar iluminados.

EQUIPOS ELÉCTRICOS DE POTENCIA

7.1.43. Los motores eléctricos que sirven a las instalaciones generales de los edificios (bombas, ventiladores, ascensores, etc.), así como sus dispositivos de protección y arranque, deben ser accesibles únicamente al personal de mantenimiento. La excepción son los botones de control de ascensores, dispositivos de protección contra incendios y ventilación. Además, los dispositivos de arranque de los motores eléctricos deben ubicarse de acuerdo con los requisitos indicados en el Capítulo. 5.3.

7.1.44. Una línea no debe abastecer a más de cuatro ascensores ubicados en escaleras y pasillos diferentes y desconectados. Si en la escalera o pasillo de ascensores existen dos o más ascensores del mismo propósito, estos deberán ser alimentados desde dos líneas conectadas directamente a la ASU o tablero principal; el número de ascensores conectados a una línea no está limitado.

7.1.45. El suministro de energía a los receptores eléctricos de los sistemas de protección contra incendios debe realizarse de acuerdo con su categoría de confiabilidad del suministro de energía. En ausencia de reserva tecnológica, el motor eléctrico de la bomba contra incendios debe alimentarse a través de dos líneas, una de las cuales debe conectarse directamente al panel de la subestación, ASU o cuadro principal. El cambio de una línea a otra se puede realizar de forma manual o automática.

7.1.46. Se permite la instalación de motores eléctricos en los áticos de los edificios siempre que se cumplan los requisitos de aislamiento acústico para garantizar niveles de ruido normalizados.

Los motores eléctricos, los paneles de distribución y de grupo, los dispositivos de conmutación y los dispositivos de protección instalados por separado deben tener un grado de protección IP44. Con un grado de protección menor, conviene instalarlos en armarios con un grado de protección IP44 o en estancias separadas con vallas de materiales no combustibles.

CONTABILIDAD DE ELECTRICIDAD

7.1.47. En edificios residenciales tipo de apartamento Se deberá instalar un contador de facturación monofásico por cada apartamento. Si es necesario, se permite instalar un contador trifásico.

7.1.48. Medidores de liquidación en los edificios públicos que alojen varios consumidores de electricidad, deberán estar previstos para cada consumidor, aislados administrativa y económicamente (estudio, comercios, talleres, almacenes, oficinas de mantenimiento de viviendas, etc.).

7.1.49. En los edificios públicos, los medidores de electricidad estimados deben instalarse en la ASU, en los puntos de demarcación del equilibrio con la organización de suministro de energía. Si los hay incorporados o adosados subestaciones transformadoras, cuya potencia es utilizada en su totalidad por los consumidores de un edificio determinado, se deben instalar contadores en las entradas transformadores de potencia a un cuadro combinado de baja tensión, que también es la ASU del edificio.

ASU y dispositivos de medición para diferentes suscriptores ubicados en el mismo edificio pueden instalarse en el mismo área común. De acuerdo con la organización proveedora de energía, se pueden instalar medidores de liquidación en uno de los consumidores, desde donde la ASU suministra a otros consumidores ubicados en el edificio. Al mismo tiempo, se deberían instalar contadores en las entradas de las líneas de suministro a las instalaciones de estos otros consumidores para llegar a acuerdos con el principal consumidor de electricidad.

7.1.50. Se recomienda instalar los medidores estimados para la carga general de edificios residenciales (iluminación de escaleras, oficinas de administración de viviendas, iluminación de jardines, etc.) en gabinetes ASU o en paneles del tablero de distribución principal.

7.1.51. Calculado metros de apartamento Se recomienda colocarlo junto con dispositivos de protección (fusibles, disyuntores) e interruptores (para contadores) en paneles comunes de apartamentos.

Los paneles del apartamento deben colocarse en la escalera, en el vestíbulo o en el pasillo del piso común: también se pueden instalar en la parte delantera del apartamento. Los paneles de apartamentos deben instalarse, por regla general, en nichos, si la estructura del edificio lo permite. Cuando se instalan en una escalera, los paneles de los apartamentos deben ubicarse en gabinetes cerrados con llave y con aberturas para tomar lecturas de medidores.

7.1.52. Después de conectar el medidor directamente a la red eléctrica, se debe instalar un dispositivo de protección. Debe instalarse lo más cerca posible del medidor, a no más de 10 m a lo largo del cableado eléctrico. Si varias líneas equipadas con dispositivos de protección se extienden después del medidor, no se requiere la instalación de un dispositivo de protección común después del medidor.

7.1.53. Delante del medidor, que está instalado en el panel del apartamento ubicado en la parte delantera del apartamento en los nichos, se debe instalar un interruptor o interruptor bipolar para un reemplazo seguro del medidor.

PUESTA A TIERRA Y PUESTA A TIERRA

7.1.54. La puesta a tierra y la puesta a tierra de instalaciones eléctricas deberían realizarse de acuerdo con los requisitos del Capítulo. 1.7.

7.1.55. En los baños de edificios residenciales y públicos y en las casas de baños, los cuerpos metálicos de las bañeras y los platos de ducha deben estar conectados mediante conductores metálicos a tubos metálicos suministro de agua

7.1.56. En habitaciones con techos suspendidos, estructuras metalicas y piezas, carcasas metálicas de lámparas integradas en falsos techos o instalado detrás de ellos.

7.1.57. En habitaciones donde no sea necesaria la conexión a tierra de las lámparas, el gancho metálico para lámparas colgantes debe estar aislado.

7.1.58. En las instalaciones de edificios residenciales y públicos, las cajas metálicas de receptores eléctricos estacionarios y portátiles que pertenecen a dispositivos de clase de protección 1 según GOST 27570.0 deben ponerse a cero.

Los conductores de protección neutros destinados a la puesta a tierra de carcasas metálicas deben colocarse desde paneles de grupo (puntos de distribución).

Página 2 de 18

2. INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE EDIFICIOS RESIDENCIALES, PÚBLICOS, ADMINISTRATIVOS Y DOMÉSTICOS

2.1.1. Esta sección de las Reglas se aplica a las instalaciones eléctricas:
edificios residenciales enumerados en SNiP 2.08.01 y DBN 79; edificios y estructuras públicos enumerados en DBN V.2.2-9 (excepto los edificios y estructuras enumerados en la sección 3); edificios administrativos y domésticos enumerados en SNiP 2.09.04. La palabra "edificios" significa todos los tipos de edificios a los que se aplican los requisitos de esta sección.
Los requisitos de esta sección no se aplican a instalaciones eléctricas especiales en instituciones médicas, organizaciones e instituciones de ciencia y servicios científicos, a sistemas de despacho y comunicación, así como a instalaciones eléctricas que, por sus funciones, deben clasificarse como instalaciones eléctricas. de empresas industriales (talleres, salas de calderas, puntos térmicos, estaciones de bombeo, tintorerías, lavanderías, aparcamientos cubiertos, garajes, salas de generadores diésel, etc.).
Pueden aplicarse requisitos adicionales a las instalaciones eléctricas en edificios singulares.
2.1.2. Las instalaciones eléctricas de los edificios, además de los requisitos de esta sección, deben satisfacer los requisitos de las secciones 1 a 6 del PUE en la medida en que esta sección no los modifique.
2.2. Términos y definiciones

  1. Cuadro de distribución principal(MSB) es un escudo a través del cual se suministra electricidad a todo el edificio o a una parte separada. La función del cuadro de distribución principal puede ser desempeñada por un dispositivo de distribución de entrada (en adelante, IDU) o un cuadro de distribución. bajo voltaje subestaciones.
  2. Dispositivo de entrada(VU): un conjunto de estructuras, dispositivos e instrumentos instalados en la entrada de la línea eléctrica al edificio o en una parte separada del mismo, y alimentados desde el cuadro de distribución principal.
  3. Dispositivo de distribución de entrada- un dispositivo de entrada, que también incluye dispositivos y dispositivos en líneas que se extienden desde él.
  4. Escudo de grupo- un dispositivo en el que se instalan dispositivos de protección y dispositivos de conmutación (o solo dispositivos de protección) para grupos separados de lámparas, enchufes y receptores eléctricos estacionarios.
  5. Panel de apartamento- un panel de grupo instalado en el apartamento y destinado a la red desde la que se alimentan las lámparas, enchufes y receptores eléctricos estacionarios del apartamento.
  6. Cuadro de distribución de suelo- un panel instalado en los pisos de edificios residenciales y destinado a suministrar energía a apartamentos o paneles de apartamentos.
  7. Salas eléctricas(en adelante, EP): una habitación o una parte cercada de ella, accesible solo para personal de servicio calificado, donde están instalados el tablero de distribución principal, ASU, VU y otros dispositivos de distribución.
  8. Fuente de alimentación- red de dispositivos de distribución subestaciones o ramales desde líneas eléctricas aéreas hasta el cuadro de distribución principal VU, ASU.
  9. Red de distribución- red desde VU, ASU, cuadro principal hasta puntos de distribución y cuadros.

2.2.10. Red de grupo- una red desde paneles y dispositivos de distribución hasta lámparas, enchufes y otros receptores eléctricos.
2.3. Suministro de electricidad
2.3.1. La alimentación de los receptores eléctricos debe realizarse desde una red eléctrica con neutro sólidamente puesto a tierra 380/220 V con sistema de puesta a tierra TN - S o TN - C - S.
Al reconstruir edificios residenciales y públicos con un voltaje de red de 220/127 V o 3x220 V, es necesario prever la conmutación de la red a un voltaje de 380/220 V con un sistema de puesta a tierra T N - S o TN - C - S.

  1. El suministro de energía externo a los edificios debe cumplir los requisitos del Capítulo 1.2. PUE.
  2. EN edificios residenciales, edificios de dormitorios de diversas instituciones, en escuelas y otras instituciones educativas, no se permite la colocación de subestaciones transformadoras integradas y adjuntas (en adelante, TS).

En otros edificios públicos, administrativos y domésticos, se permite colocar subestaciones empotradas y adjuntas siempre que se utilicen transformadores secos instalados sobre amortiguadores.
El diseño y colocación de estaciones transformadoras empotradas, adosadas o construidas por separado deberá realizarse de acuerdo con los requisitos del Artículo 4 del PUE.
2.3.4. Se recomienda que los receptores eléctricos de potencia e iluminación sean alimentados desde los mismos transformadores.
La ubicación y disposición de las subestaciones transformadoras debe prever la posibilidad de que el personal de la organización de suministro de energía pueda acceder a ellas las 24 horas y sin obstáculos.

  1. El suministro de energía para la iluminación de emergencia y evacuación debe realizarse de acuerdo con los requisitos del Capítulo 6.1 PUE y SNiP P-4.
  2. Las redes eléctricas de los edificios deben estar diseñadas para alimentar el edificio e iluminar anuncios, escaparates, fachadas, iluminaciones, iluminación exterior, así como suministro de energía para dispositivos contra incendios, sistemas de despacho, redes de televisión local, alarmas de gas, indicadores luminosos de bocas de incendio y otras señales de seguridad, alarmas sonoras y de otro tipo, barreras luminosas, etc. de acuerdo con las especificaciones de diseño.
  3. Para abastecer a consumidores monofásicos desde una red de distribución multifásica, se permite diferentes grupos Los consumidores monofásicos tienen conductores conjuntos N y PE (red de cinco hilos), tendidos directamente desde la ASU. No está permitida la combinación de conductores N y PE (red de cuatro hilos con conductor PEN).

Al alimentar a consumidores monofásicos de una red multifásica con ramales de líneas aéreas, cuando el conductor PEN línea aérea es común para grupos de consumidores monofásicos alimentados por diferentes fases, se recomienda proporcionar parada protectora consumidores cuando se excede el nivel de tensión permitido debido a asimetría de carga después de una rotura en el conductor PEN, N o junta PEN. La desconexión debe realizarse en la entrada del edificio, por ejemplo, influyendo en la liberación independiente de la entrada. cortacircuitos utilizando un relé de control de voltaje. En estos casos, es necesario prever la desconexión tanto del conductor de trabajo de fase L como del conductor neutro N.
Al elegir dispositivos y dispositivos que se instalan en la entrada, se da preferencia, en igualdad de condiciones, a los dispositivos y dispositivos que permanecen operativos cuando el voltaje excede el límite permitido, que surge debido a la asimetría de carga cuando se rompe el conductor PEN o N. Sin embargo, es posible que no se cumplan sus características de conmutación y otras características operativas.
En todos los casos, está prohibido disponer de elementos de conmutación con y sin contacto en los circuitos de conductores PE y PEN. Se permiten conexiones que se puedan desmontar con herramienta, así como conectores especialmente diseñados para este fin.

2.4. Dispositivos de entrada, tableros de distribución, escudos de grupo
2.4.1. Se deben instalar una o más VU o ASU en la entrada del edificio.
Si en un edificio existen varios consumidores económicamente separados, se recomienda que en cada uno de ellos se instalen unidades auxiliares o ASU independientes.
La ASU puede suministrar energía a consumidores ubicados en otros edificios, siempre que estos consumidores tengan el mismo balance general.
Para la entrada de aire se deben instalar supresores de sobretensiones.

  1. Antes de ingresar a los edificios, no está permitido instalar cajas de cables adicionales para distribuir el alcance del servicio de redes eléctricas externas y redes dentro del edificio. Dicha separación deberá realizarse en la VU o cuadro principal.
  2. En VU, ASU y tableros principales, se deben instalar dispositivos de protección en las entradas de las líneas eléctricas y en todas las líneas salientes.
  3. Los dispositivos de control deben instalarse en la entrada de las líneas eléctricas a la VU, ASU y los tableros de distribución principales. En las líneas salientes, los dispositivos de control pueden instalarse en cada línea o ser comunes a varias líneas.

Un disyuntor debe considerarse como un dispositivo de protección y control.

  1. Los dispositivos de control, independientemente de su presencia al inicio de la línea eléctrica, deben instalarse en las entradas de las líneas eléctricas en locales comerciales, servicios públicos, locales administrativos, etc., así como en locales de consumidores económicamente aislados.
  2. El panel del piso debe instalarse en el pasillo del piso o en aterrizaje a una distancia de no más de 3 m a lo largo del cableado eléctrico desde el elevador de energía, teniendo en cuenta los requisitos del Capítulo 3.1 del PUE y GOST 30331.9.
  3. VU, ASU y el cuadro de distribución principal, por regla general, deben instalarse en el servicio de urgencias. En áreas de posible inundación, deben instalarse por encima del nivel de inundación.

El cuadro de distribución principal VU, ASU se puede ubicar en cuartos secos del sótano destinados a la operación, siempre que estos cuartos sean accesibles al personal de mantenimiento y estén separados de otros cuartos por tabiques con una clasificación de resistencia al fuego de al menos 0,75 horas.
Al colocar VU, ASU, tableros de distribución principales y paneles de grupo fuera del ED, deben instalarse en lugares convenientes y accesibles para el mantenimiento, en gabinetes con grados de protección de carcasa de acuerdo con GOST 14254 no inferiores a IP31. En estos casos, la distancia a las tuberías (suministro de agua, calefacción, alcantarillado, desagües internos) debe ser de al menos 0,5 m, y de las tuberías de gas y medidores de gas, al menos 1 m.
2.4.8. No se permite colocar ED, así como VU, ASU, tableros de distribución principales debajo de inodoros, baños, duchas, cocinas (excepto cocinas de apartamentos), fregaderos, salas de lavado y vapor de baños y otras salas con procesos tecnológicos húmedos.
Tendido de tuberías a través de salas de distribución (suministro de agua, calefacción, alcantarillado, drenaje interno) no se recomienda.
Las tuberías (plomería, calefacción), ventilación y otros conductos tendidos a través de la sala del cuadro de distribución no deben tener derivaciones dentro de la habitación (con excepción de las derivaciones a los dispositivos de calefacción del propio ES), así como trampillas, válvulas, bridas, válvulas, etc.
Está prohibido tender gasoductos y tuberías con líquidos inflamables a través de estas instalaciones. Las puertas ES deben abrirse hacia afuera.
2.4.9. Los locales donde se instalen las ASU y los tableros principales deberán contar con ventilación natural e iluminación eléctrica. La temperatura en las habitaciones no debe ser inferior a +5°C.
2.4.10. Los circuitos eléctricos dentro de VU, ASU, tableros de distribución principales y paneles de grupo deben realizarse con cables con conductores de cobre y barras colectoras: cobre o aluminio.



Este artículo también está disponible en los siguientes idiomas: tailandés

  • Próximo

    MUCHAS GRACIAS por la información tan útil del artículo. Todo se presenta muy claramente. Parece que se ha trabajado mucho para analizar el funcionamiento de la tienda eBay.

    • Gracias a ti y a otros lectores habituales de mi blog. Sin ustedes, no estaría lo suficientemente motivado como para dedicar mucho tiempo al mantenimiento de este sitio. Mi cerebro está estructurado de esta manera: me gusta profundizar, sistematizar datos dispersos, probar cosas que nadie ha hecho antes ni visto desde este ángulo. Es una lástima que nuestros compatriotas no tengan tiempo para comprar en eBay debido a la crisis en Rusia. Compran en Aliexpress desde China, ya que los productos allí son mucho más baratos (a menudo a expensas de la calidad). Pero las subastas en línea de eBay, Amazon y ETSY fácilmente darán a los chinos una ventaja en la gama de artículos de marca, artículos antiguos, artículos hechos a mano y diversos productos étnicos.

      • Próximo

        Lo valioso de sus artículos es su actitud personal y su análisis del tema. No abandonéis este blog, vengo aquí a menudo. Deberíamos ser muchos así. Envíame un correo electrónico Recientemente recibí un correo electrónico con una oferta de que me enseñarían cómo operar en Amazon y eBay.

  • Y recordé tus artículos detallados sobre estos oficios. área Releí todo nuevamente y concluí que los cursos son una estafa. Todavía no he comprado nada en eBay. No soy de Rusia, sino de Kazajstán (Almaty). Pero tampoco necesitamos ningún gasto adicional todavía.
    https://uploads.disquscdn.com/images/7a52c9a89108b922159a4fad35de0ab0bee0c8804b9731f56d8a1dc659655d60.png