Asociaciones comerciales puede crearse en forma de sociedad general y sociedad en comandita.

Características de una sociedad general

Asociación completa es una organización comercial cuyos participantes han celebrado un acuerdo entre sí para crear una empresa para la realización conjunta de determinadas actividades económicas.

1. participantes sustantivo, masculino— sociedad general son empresarios individuales y/u organizaciones comerciales. Al mismo tiempo, conservan plena independencia y derechos de una entidad jurídica.

2. La fuente de formación de la propiedad de la sociedad son las aportaciones de sus participantes.

3. Las ganancias y pérdidas se distribuyen entre los partícipes en proporción a su participación en el capital social.

4. La actividad empresarial de sus participantes se reconoce como la actividad de la propia sociedad como persona jurídica.

5. Si los bienes de la sociedad son insuficientes para saldar sus deudas, los reclamos de los acreedores se satisfacen a expensas de los bienes personales de cualquiera de los participantes (o de todos ellos juntos), es decir. responsabilidad subsidiaria solidaria.

6. Un empresario individual o una organización comercial pueden ser miembros de una sola sociedad general.

7. En la asamblea general, cada participante tiene un voto. Al abandonar la sociedad, el participante recibe una parte de la propiedad igual a su participación en el capital social. En este caso, los partícipes restantes aportan el importe pagado al partícipe que se fue, o reducen el importe del capital social. La agrupación de propiedades también es posible sobre la base de un acuerdo de actividad conjunta.

8. Si un participante permanece en una sociedad colectiva, está obligado a transformarla en sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada o sociedad de responsabilidad adicional en un plazo de 6 meses.

9. El único documento constitutivo es el Memorando de Asociación. La sociedad no crea órganos que expresen su voluntad exteriormente.

10. No existe una cantidad mínima de capital social prevista por la ley.

Ventajas:

1. Es posible acumular fondos importantes en poco tiempo;

2. Cada miembro de la sociedad podrá ejercer actividades empresariales en nombre de la sociedad;

3. Las sociedades generales son más atractivas para los acreedores;

4. Es posible recibir beneficios fiscales.

Defectos:

1. Debe existir una relación de confianza entre los socios colectivos;

2. Una sociedad no puede ser una sociedad de una sola persona;

3. En caso de quiebra, cada miembro de la sociedad responde de sus obligaciones no sólo con una aportación, sino también con sus bienes muebles.

Rasgos característicos de una asociación de fe.

Asociación de fe (sociedad limitada) Es un tipo de sociedad general con algunas características.

1. Consta de 2 grupos de participantes: socios colectivos e inversores. Los socios colectivos realizan actividades comerciales en nombre de la sociedad misma y asumen responsabilidad ilimitada y solidaria por las obligaciones de la sociedad.

2. Pueden ser inversionistas cualesquiera personas jurídicas y/o personas físicas. Los inversionistas sólo hacen aportes a los bienes de la sociedad, pero no son responsables con sus bienes muebles de sus obligaciones. No tienen derecho a participar en la gestión de los asuntos de la sociedad y actuar en su nombre, pero tienen derecho a familiarizarse con sus actividades financieras.

3. Los inversores tienen derecho a recibir una parte de las ganancias proporcional a sus depósitos. Podrán retirarse libremente de la sociedad con el recibo de su contribución. Podrán transferir su participación a otro inversionista o a un tercero sin el consentimiento de la sociedad o de los socios colectivos.

4. El documento constitutivo es también el convenio constitutivo, que es firmado únicamente por los socios colectivos.

5. El inversor puede abandonar la sociedad en cualquier momento, en cuyo caso recibe sólo su aportación al capital social, pero no tiene derecho a recibir una parte de la propiedad proporcional a su participación en el capital social.

Ventajas de una asociación de fe:

1. Lo mismo que para la sociedad colectiva;

2. Para aumentar el capital, pueden atraer fondos de inversores.

Desventajas de una asociación de fe:

1. Lo mismo que para una sociedad colectiva.

Tipos de asociaciones comerciales:

1.sociedad colectiva– una organización comercial cuyos participantes (socios generales), de conformidad con el acuerdo celebrado entre ellos, se dedican a actividades empresariales y asumen la plena responsabilidad de todos los bienes (incluidos los personales) que les pertenecen.

2. Asociación de fe(TV - sociedad en comandita) incluye socios colectivos e inversores (socios comanditarios). El estado de los socios generales es similar al de una sociedad general. Los socios comanditarios no participan en actividades comerciales y asumen el riesgo de pérdidas de la sociedad en la medida de sus contribuciones.

3. La empresa comercial se considera una subsidiaria, si otra (principal) empresa comercial o sociedad tiene la oportunidad de determinar sus decisiones. La empresa comercial principal o sociedad asume la responsabilidad total o subsidiaria por los resultados de las actividades de la empresa comercial subsidiaria.

4. La sociedad mercantil se reconoce como dependiente, si otra empresa (que participa en sus asuntos) tiene más del veinte por ciento de las acciones con derecho a voto o el veinte por ciento del capital autorizado de la LLC.

Hay (p. ej., completos, etc.) realizando diversas actividades. ¿Qué es una sociedad colectiva y cuáles son sus características?

La esencia de una sociedad general.

Una sociedad general es un tipo de sociedad comercial en la que todos los participantes son socios de pleno derecho. Son responsables ante la ley de las actividades de la sociedad con bienes, y no sólo con una contribución monetaria. Todos los participantes asumen la plena responsabilidad por medios personales si la situación así lo requiere.

Una sociedad colectiva era originalmente una organización empresarial de tipo familiar, porque esta forma de hacer negocios requiere total confianza en los colegas de la empresa.

Hoy en día, una sociedad general puede ser organizada por personas jurídicas en lugar de personas físicas. El número mínimo de participantes es de dos personas. Una sociedad general no es una opción común para organizar una empresa en las condiciones actuales.

A continuación se muestra una descripción de una sociedad general.

Características y signos.

Los socios colectivos tienen igual responsabilidad ante la ley. No importa cuándo el camarada se unió a la organización, inmediatamente después de su apertura o después de un tiempo. Incluso si un camarada abandona la organización, su responsabilidad ante la ley por las actividades de esta organización persiste durante otros dos años.

Un participante en una sociedad general no puede participar en actividades que compitan con la sociedad general en la que participa. Este punto está muy claramente establecido en los estatutos de dichas organizaciones, antes de que un camarada sea expulsado de la organización.

Ventajas y desventajas

Las ventajas de esta forma de hacer negocios son las siguientes:

  • La capacidad de obtener capital fácilmente en un corto período de tiempo.
  • Existe una alta probabilidad de atraer inversiones financieras adicionales.
  • Valoración positiva de los acreedores.

Las desventajas de un negocio de este tipo también son importantes.

  • Responsabilidad financiera individual plena ante la ley por las actividades de la sociedad.

Lea a continuación sobre las características de la organización y los órganos de gobierno de una sociedad general.

Funciones de control

Una sociedad general se puede gestionar de varias formas.

  • Cualquier participante realiza actividades en nombre de la asociación.
  • Gestión conjunta de los asuntos de la organización. Las decisiones son conjuntas y tomadas por todos los participantes.
  • La gestión la lleva a cabo un miembro, que es elegido por los participantes.

Documentos constitutivos

El documento principal de una sociedad general es el acuerdo constitutivo. Está firmado por todos los miembros de la organización. Contiene la siguiente información.

  • Nombre y ubicación de la sociedad.
  • ¿Cómo se gestiona la asociación?
  • Información sobre el capital de la organización, sobre las acciones de los participantes.
  • Responsabilidad de los miembros de la asociación.

Este video le informará sobre el acuerdo fundacional de una sociedad general:

Miembros de la sociedad

Todos los participantes en una sociedad general son sus fundadores. Tienen la responsabilidad financiera de las actividades de la organización. Cuando no hay fondos suficientes para cubrir las deudas de la empresa, los acreedores tienen derecho a recuperar los bienes muebles de los participantes. Los miembros de una sociedad general son únicamente personas jurídicas.

Los miembros de una sociedad general tienen los siguientes derechos.

  • Recibir ingresos que sean proporcionales a su participación en el capital de la organización.
  • La oportunidad de participar en la gestión de la asociación y recibir información sobre sus actividades.
  • Recibir parte de la propiedad que queda después de pagar las deudas de la organización.

Los participantes también tienen responsabilidades hacia la asociación.

  • Los gastos también se sufragan en proporción a la participación de los partícipes en el capital.
  • El participante deberá realizar al menos la mitad de su aporte monetario al momento de registrarse la organización. El saldo restante debe pagarse dentro del plazo especificado.
  • Mantener confidencial la información confidencial sobre la sociedad.
  • No realice transacciones por cuenta propia que puedan competir con las actividades de la empresa.

Lea a continuación sobre las fuentes de propiedad de una sociedad general y el tamaño de su capital autorizado.

  • el derecho a familiarizarse con toda la documentación sobre la conducción de negocios, independientemente de si está autorizado a conducir los asuntos de la sociedad. La renuncia a este derecho o su limitación, incluso por acuerdo de los participantes de la sociedad, es nula;
  • el derecho de actuar en nombre de la sociedad, salvo en los casos en que el acuerdo constitutivo disponga otra cosa;
  • el derecho a retirarse de la sociedad declarando su negativa a participar en ella. Es nulo el acuerdo entre los participantes en una sociedad para renunciar al derecho de retirarse de la sociedad;
  • el derecho a recibir el valor de una parte de la propiedad de la sociedad correspondiente a la participación de un participante en caso de su salida de la sociedad.

Un participante en una sociedad general está obligado a:

  • participar en las actividades de la asociación de acuerdo con los términos del acuerdo constitutivo;
  • realizar un aporte al capital social en la forma y dentro de los plazos establecidos por el Código Civil y el acuerdo constitutivo;
  • sin el consentimiento de los demás participantes, no realizar transacciones por cuenta propia en interés propio o de terceros que sean similares a las que constituyen el objeto de las actividades de la sociedad.

Composición de los participantes en una sociedad general. en principio debe permanecer inalterable durante toda su existencia. En caso de salida de uno de los socios, la sociedad podrá continuar sus actividades si así lo prevé el acuerdo constitutivo de la sociedad o el acuerdo de los participantes restantes. Un caso especial en el que se prevé la existencia obligatoria de un acuerdo entre los restantes partícipes es la exclusión de cualquiera de los partícipes de la sociedad general. Los participantes en una sociedad colectiva tienen derecho a exigir ante los tribunales la exclusión de cualquiera de los participantes de la sociedad por decisión unánime de los participantes restantes y si existen motivos graves para ello, en particular debido a una violación grave de sus deberes por parte de este. participante o su revelada incapacidad para conducir los asuntos sabiamente. Sin embargo, siempre que la asociación siga teniendo al menos dos participantes.

Los nuevos participantes en una sociedad colectiva sólo pueden ser aceptados con el consentimiento de los demás participantes y sólo como sucesores legales de los participantes retirados. El Código Civil de la Federación de Rusia prevé la posibilidad de admitir en la sociedad a los herederos de un participante jubilado y al sucesor legal de una entidad jurídica reorganizada que era miembro de la sociedad antes de la reorganización (cláusula 2 del artículo 78 del Código Civil). Código). Además, un participante puede transferir su parte no sólo a otro participante de la sociedad, sino también a un tercero, si obtiene el consentimiento de los demás participantes (artículo 79 del Código Civil).

En el caso habitual, la retirada de un participante, si no implica su liquidación, conlleva un aumento proporcional de las participaciones de los participantes restantes, salvo disposición en contrario del acuerdo constitutivo u otro acuerdo de los participantes (Cláusula 3, Artículo 78 del Código Civil).

Funciones de los órganos de una sociedad colectiva. realizadas por sus participantes. La gestión de las actividades de la asociación la llevan a cabo ellos de común acuerdo, es decir, por unanimidad. Esta desviación a favor del principio cooperativo se debe a la especial naturaleza jurídica de las sociedades, que implican un riesgo igual de responsabilidad para los socios, independientemente del monto de la contribución realizada. Sin embargo, la ley permite a los participantes de una sociedad colectiva prever en el acuerdo constitutivo los casos en que las decisiones se tomen por mayoría de votos. Cada participante tiene un voto, sin embargo, el acuerdo constitutivo puede prever un procedimiento diferente para determinar el número de votos de sus participantes (dependiendo de la contribución realizada, otras circunstancias que determinan el papel del participante en las actividades de la asociación).

En una sociedad colectiva no existen órganos ejecutivos. Cada participante en una sociedad general tiene derecho a actuar en nombre de la sociedad, a menos que el acuerdo constitutivo establezca que todos sus participantes realizan negocios de manera conjunta, o que la realización de negocios se confíe a participantes individuales.

Cuando los asuntos de una sociedad se llevan a cabo de forma conjunta por parte de sus participantes, se requiere el consentimiento de todos los participantes de la sociedad para cada transacción.

Si la gestión de los asuntos de una sociedad es confiada por sus participantes a uno o algunos de ellos, los participantes restantes, para realizar transacciones en nombre de la sociedad, deben tener un poder del participante (participantes) que tiene a su cargo la gestión de los asuntos de la sociedad.

Las peculiaridades de la gestión de los asuntos de una sociedad en particular están determinadas por su acuerdo constitutivo, cuyo conocimiento, por regla general, no es responsabilidad de otros participantes en transacciones civiles. Tienen derecho a acogerse al procedimiento habitual para realizar negocios en la sociedad establecido por el Código Civil. Por lo tanto, en las relaciones con terceros, la sociedad no tiene derecho a invocar las disposiciones del contrato constitutivo que limitan las facultades de los partícipes de la sociedad, salvo en los casos en que la sociedad pruebe que el tercero en el momento de la la transacción sabía o debería haber sabido que el participante de la sociedad no tenía derecho a actuar en nombre de la sociedad (párrafo 4, inciso 1, artículo 72 del Código Civil).

Separación de bienes de una sociedad general es relativo. Por un lado, se expresa en la presencia de bienes propios. El acuerdo constitutivo, junto con la información general de este documento (inciso 2 del artículo 52 del Código Civil), debe contener necesariamente condiciones sobre el tamaño y composición del capital social de la sociedad; sobre el tamaño y procedimiento para cambiar las acciones de cada participante en el capital social; sobre el tamaño, composición, plazos y procedimiento para realizar las contribuciones; sobre la responsabilidad de los participantes por incumplimiento de las obligaciones de realizar aportes. La sociedad debe contabilizar sus bienes en un balance independiente y tener al menos una cuenta bancaria para realizar transacciones monetarias.

Por otro lado, las ganancias y pérdidas de una sociedad general no pasan a ser propiedad de la sociedad (en consecuencia, se atribuyen a su propiedad), sino que se distribuyen entre sus participantes en proporción a sus participaciones en el capital social, a menos que se distribuya lo contrario. previsto por el acuerdo constitutivo u otro acuerdo de los participantes. No se permite un acuerdo para excluir a cualquiera de los participantes de la sociedad de participar en ganancias o pérdidas.

En los casos previstos por la ley (por ejemplo, cuando la sociedad tiene signos de quiebra o puede adquirirla en el caso de distribución de ganancias, así como en el caso en que el valor de los activos netos sea menor que el tamaño de la acción capital), se prohíbe la distribución de beneficios.

Responsabilidad patrimonial independiente de una sociedad general por consiguiente, también es relativo. Por supuesto, la sociedad es responsable ante sus acreedores con los bienes que le han sido asignados, pero las pérdidas resultantes de la sociedad se distribuyen en última instancia proporcionalmente entre sus participantes. Además, si la sociedad no tiene bienes suficientes, los participantes solidariamente asumen la responsabilidad subsidiaria con sus bienes por las obligaciones de la sociedad. Además, incluso un ex participante asume dicha responsabilidad durante dos años a partir de la fecha de aprobación del informe sobre las actividades de la asociación correspondiente al año en que dejó la asociación. Por supuesto, estamos hablando sólo de las obligaciones que surgieron durante el período de su participación en la sociedad. Y un participante que no sea fundador (aceptado por vía de sucesión o enajenación de una acción) es responsable en igualdad de condiciones con los demás participantes de las obligaciones que surgieron antes de su entrada en la sociedad (cláusula 2 del artículo 75 del Código Civil). .

Requisitos tan altos para la responsabilidad de un participante están diseñados para garantizar la estabilidad financiera de la sociedad en circulación, su confiabilidad a los ojos de los acreedores, por lo que la ley prohíbe a cualquier persona ser participante en más de una sociedad colectiva (Cláusula 2 del artículo 69 del Código Civil).

Por el contrario, la sociedad no responde de las obligaciones de su partícipe. Por lo tanto, la ejecución hipotecaria de la participación de un participante en el capital conjunto de una sociedad general por sus propias deudas sólo se permite si faltan otros bienes para cubrir las deudas. Los acreedores de dicho participante tienen derecho a exigir a la sociedad general la asignación de una parte de la propiedad de la sociedad correspondiente a la participación del deudor en el capital social para ejecutar esta propiedad. La ejecución hipotecaria de la propiedad correspondiente a la participación del participante en el capital conjunto de la sociedad general pone fin a su participación en la sociedad, pero no cancela su responsabilidad por las obligaciones de la sociedad previstas para el participante que se retira (artículo 80 del Código Civil). .

Nombre comercial de la sociedad general debe contener los nombres (títulos) de todos sus participantes y las palabras “sociedad plena”, o el nombre (título) de uno o más participantes con la adición de las palabras “y empresa” y “sociedad plena”.

Liquidación y reorganización de una sociedad general. tener las siguientes características. Una sociedad colectiva, además de las causas generales de liquidación, también puede liquidarse si solo queda un participante en su composición. Sin embargo, el Código Civil concede a dicho participante el derecho de transformar dicha sociedad en una sociedad comercial en un plazo de seis meses. Una sociedad colectiva también está sujeta a liquidación en caso de salida de cualquiera de sus participantes, a menos que el acuerdo constitutivo de la sociedad o el acuerdo de los participantes restantes estipule que la sociedad continuará sus actividades.

Los participantes en una sociedad general asumen solidariamente la responsabilidad subsidiaria con su propiedad por las obligaciones de la sociedad. Un participante en una sociedad general que no sea su fundador es responsable en igualdad de condiciones con los demás participantes de las obligaciones que surgieron antes de su entrada en la sociedad. Un participante que abandonó la sociedad es responsable de las obligaciones de la sociedad que surgieron antes del momento de su salida, junto con los participantes restantes, durante dos años a partir de la fecha de aprobación del informe sobre las actividades de la sociedad para el año. en el que abandonó la sociedad.

Retiro de un participante de una sociedad general[editar texto wiki] Cada participante tiene derecho a retirarse de la sociedad, y si se concluye un acuerdo que prohíbe retirarse de la sociedad, entonces se considera nulo el art. 78 del Código Civil “Consecuencias de la salida de un partícipe de una sociedad colectiva”: “1. A un participante que se ha retirado de una sociedad general se le paga el valor de una parte de la propiedad de la sociedad correspondiente a la participación de este participante en el capital social, a menos que el acuerdo constitutivo disponga lo contrario. Por acuerdo del participante que se retira con los participantes restantes, el pago del costo de parte de la propiedad podrá ser sustituido por la entrega de la propiedad en especie. La parte de los bienes sociales que corresponde al partícipe que se retira o su valor se determina mediante el balance elaborado, salvo el caso previsto en el artículo 80 de este Código, al momento de su retiro.2. En caso de fallecimiento de un participante en una sociedad colectiva, su heredero podrá constituir una sociedad colectiva sólo con el consentimiento de los demás participantes. Una entidad jurídica que sea sucesora legal de una entidad jurídica reorganizada que participe en una sociedad general tiene derecho a unirse a la sociedad con el consentimiento de sus demás participantes, a menos que se disponga lo contrario en el acuerdo fundacional de la sociedad con el heredero (sucesor). ) que no se haya incorporado a la sociedad se realizan de conformidad con el apartado 1 de este artículo. El heredero (sucesor legal) de un participante en una sociedad colectiva es responsable de las obligaciones de la sociedad frente a terceros, de las cuales, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 75 de este Código, sería responsable el participante jubilado, dentro de los límites. de la propiedad del participante jubilado de la sociedad que se le transfiera.

3. Si uno de los participantes abandona la sociedad, las participaciones de los participantes restantes en el capital social de la sociedad aumentan en consecuencia, a menos que el acuerdo constitutivo u otro acuerdo de los participantes disponga lo contrario.”

Ventajas:

Posibilidad de atraer fondos adicionales;

Confianza de los acreedores.

Defectos:

Compensación de deudas por bienes muebles. .

Sociedad en comandita (sociedad en comandita)- una organización comercial basada en el capital social, en la que hay dos categorías de miembros: socios colectivos e inversores comanditarios. Los socios colectivos realizan actividades empresariales en nombre de la sociedad y son responsables de las obligaciones de la sociedad con todos sus bienes. Los socios comanditarios son responsables únicamente de su contribución al desarrollo de algo (un negocio o un proyecto). Actualmente, esta forma organizativa y jurídica prácticamente no se utiliza.


Nombre de marca la sociedad en comandita debe contener los nombres (títulos) de todos los socios generales y las palabras “sociedad en comandita” o “sociedad en comandita”, o el nombre (título) de al menos un socio general con la adición de las palabras “y empresa” y las palabras "sociedad en comandita" " o "sociedad en comandita", y si el nombre de la sociedad en comandita contiene el nombre del inversionista, entonces dicho inversionista se convierte en socio colectivo.

Una sociedad en comandita se crea y opera sobre la base de un acuerdo constitutivo. El acuerdo constitutivo debe contener la siguiente información: el nombre de la sociedad; su ubicación; el procedimiento para gestionar las actividades de la sociedad;

condiciones sobre el tamaño y composición del capital social de la sociedad; condiciones sobre el tamaño y procedimiento para cambiar las acciones de cada uno de los socios generales en el capital social; su responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones de realizar aportes sobre el monto total de los depósitos realizados por los inversionistas;

En el acuerdo constitutivo, los fundadores se comprometen a crear una persona jurídica, determinar el procedimiento de actividades conjuntas para su creación, las condiciones para transferirle su propiedad y la participación en sus actividades. El acuerdo también determina las condiciones y el procedimiento para la distribución de ganancias y pérdidas entre los participantes, la gestión de las actividades de una entidad jurídica y la retirada de los fundadores (participantes) de su composición.

Participantes. Solo los empresarios individuales y (o) las organizaciones comerciales pueden ser participantes de pleno derecho en una sociedad en comandita. El número de participantes no debe ser inferior a dos. Los inversores pueden ser ciudadanos, personas jurídicas, instituciones (a menos que la ley disponga lo contrario).

Un socio colectivo tiene derecho: participar en la gestión de los asuntos de la sociedad; recibir información sobre las actividades de la sociedad; participar en la distribución de ganancias;

en caso de liquidación de la sociedad, recibir parte de los bienes que queden después de la liquidación con los acreedores, o abandonar su valor en cualquier momento;

Un socio colectivo está obligado: realizar contribuciones en la forma, montos, métodos y dentro de los plazos previstos en los documentos constitutivos; no revelar información confidencial sobre las actividades de la asociación; participar en las actividades de la asociación de acuerdo con los términos del acuerdo constitutivo; de cometer por cuenta propia y en interés propio o de terceros transacciones similares a las que constituyen el objeto de las actividades de la sociedad.

Un inversionista en una sociedad limitada tiene derecho: recibir parte de las ganancias de la sociedad debido a su participación en el capital social en la forma prescrita por el acuerdo constitutivo; familiarizarse con los informes anuales y balances de la sociedad;

al final del ejercicio económico, abandonar la sociedad y recibir su contribución en la forma prescrita por el acuerdo constitutivo, transferir su participación en el capital social o parte del mismo a otro inversor o a un tercero;

El inversor está obligado: contribuir al capital social. La realización de una contribución se certifica mediante un certificado de participación emitido al inversor de la sociedad.

Controles. La gestión de la sociedad en comandita la llevan a cabo los socios colectivos. Los inversores no tienen derecho a participar en la gestión y conducción de los asuntos de la sociedad en comandita, ni a actuar en su nombre excepto por poder. No tienen derecho a impugnar las acciones de los socios colectivos en la gestión y conducción de los asuntos de la sociedad. El máximo órgano de gobierno es la junta de socios colectivos. En la reunión, cada socio colectivo tiene un voto, salvo que el contrato constitutivo disponga lo contrario, y las decisiones se toman por unanimidad (salvo que el contrato constitutivo establezca lo contrario. Cada socio colectivo tiene derecho a actuar en nombre de la sociedad, salvo que el contrato constitutivo disponga lo contrario). El acuerdo constitutivo estipula que todos los socios colectivos realizan negocios de forma conjunta o que la gestión de los asuntos se confía a participantes individuales. Cuando los negocios de una sociedad se llevan a cabo conjuntamente por sus socios colectivos, se requiere el consentimiento de todos los participantes de la sociedad para la conclusión de cada transacción si la gestión de los asuntos de la sociedad es confiada por sus participantes a uno o algunos de ellos. , los participantes restantes, para realizar transacciones en nombre de la sociedad, deben contar con un poder del participante (participantes) a quien se le ha confiado la gestión de los asuntos de la sociedad.

Los importes mínimo y máximo del capital social no están limitados.

Ganancias y pérdidas Las sociedades en comandita se distribuyen entre sus partícipes en proporción a su participación en el capital social, salvo disposición en contrario del acuerdo constitutivo u otro acuerdo de los partícipes. No se permite un acuerdo para excluir a cualquiera de los participantes de la sociedad de participar en ganancias o pérdidas si, como resultado de las pérdidas sufridas por la sociedad, el valor de sus activos netos es menor que el tamaño de su capital social, la ganancia recibida. por la sociedad no se distribuye entre los participantes hasta que el valor de los activos netos no exceda el tamaño del capital social.

La asociación es responsable. por sus obligaciones con todos sus bienes. Si los bienes de la empresa son insuficientes, el acreedor tiene derecho a reclamar a cualquier socio colectivo o a todos a la vez el cumplimiento de la obligación (responsabilidad subsidiaria). Un socio colectivo que no sea su fundador es responsable en igualdad de condiciones. los demás socios colectivos por las obligaciones que surgieron antes de su entrada en la sociedad; el socio que ha abandonado la sociedad es responsable de las obligaciones de la sociedad que surgieron antes del momento de su retirada, igualmente con los restantes participantes, durante dos años a partir de la fecha. de aprobación del informe sobre las actividades de la sociedad correspondiente al año en que dejó la sociedad.

Marco legislativo[editar texto wiki]

Por tanto, pronto crear una sociedad de responsabilidad limitada no será tan fácil como lo es ahora. El capital mínimo autorizado para una LLC se multiplica por cincuenta. Está claro que no todas las empresas nuevas, e incluso las ya existentes, podrán permitirse este tamaño. ¿Qué hacer? ¿Realmente todos tendrán que registrarse como empresarios individuales? Pero ¿qué pasa con aquellos cuyo negocio se basa en una base corporativa?

Y ahora llega el momento de recordar formas olvidadas de hacer negocios, tan impopulares en este momento, como la sociedad general y la sociedad en comandita.

Cabe señalar que en el proyecto de Código Civil las normas sobre estas formas organizativas y jurídicas prácticamente no han sufrido cambios.

sociedad colectiva

En primer lugar, consideremos las características principales de una sociedad general. Los empresarios principiantes probablemente estarán más interesados ​​en saber en qué se diferencia una sociedad general de una forma tan común como una sociedad de responsabilidad limitada. Comparemos desde un punto de vista práctico.

Criterio

Sociedad de Responsabilidad Limitada

sociedad colectiva

Responsabilidad

Los participantes en una sociedad de responsabilidad limitada no son responsables de las obligaciones de la empresa.

Los participantes en una sociedad general asumen solidariamente la responsabilidad subsidiaria con su propiedad por las obligaciones de la sociedad (así como durante dos años después de la salida)

Solidaridad: esto significa que si la sociedad no tiene suficiente dinero, sus participantes serán responsables de todos sus bienes.

Número de participantes

Mínimo 1, máximo 50

Mínimo 2, según proyecto del Código Civil máximo 20

Nombre

Todo lo que no esté prohibido por la ley (por ejemplo, sociedad de responsabilidad limitada “Horns and Hooves”, sociedad de responsabilidad limitada “Romashka”, sociedad de responsabilidad limitada “Komlekt-Santeh-Stroy-Snab-Invest”, etc.)

La razón social de una sociedad general debe contener los nombres (nombres) de todos sus participantes y las palabras "sociedad plena", o el nombre (nombre) de uno o más participantes con la adición de las palabras "y empresa" y la "sociedad plena" (por ejemplo, sociedad plena "Bender" Ostap Ibragimovich, Vorobyaniov Ippolit Matveevich y compañía").

Gestión

Por regla general, en nombre de una sociedad de responsabilidad limitada actúa un único órgano ejecutivo (por ejemplo, director, director general).

Cada participante en una sociedad general tiene derecho a actuar en nombre de la sociedad, a menos que el acuerdo constitutivo establezca que todos sus participantes realizan negocios de manera conjunta, o que la realización de negocios se confíe a participantes individuales. Es decir, no existe ningún director como tal en la sociedad.

Importe del capital autorizado/social

La cantidad mínima de capital autorizado es de 10.000 rublos. (en el borrador del Código Civil de la Federación de Rusia - 500.000 rublos)

El monto no está establecido por ley; los propios participantes de la sociedad general determinan el monto del capital social en el contrato constitutivo.

Salida del participante

Un participante tiene derecho a abandonar la sociedad en cualquier momento.

El participante podrá declarar su negativa a participar en la sociedad al menos seis meses antes de su retirada efectiva de la sociedad.

Posibilidad de constituir varias personas jurídicas.

Una persona puede constituir un número ilimitado de sociedades de responsabilidad limitada.

Una persona puede ser miembro de una sola sociedad general.

Estas son las principales características distintivas de una sociedad general que la distinguen de una sociedad de responsabilidad limitada. Para más detalles, ver el art. Arte. 69 - 81 Código Civil de la Federación de Rusia.

Sociedad en comandita (sociedad en comandita)

Además, también existen sociedades en comandita (artículos 82 a 86 del Código Civil de la Federación de Rusia). Una sociedad de fe es muy similar a una sociedad general. Pero tiene una serie de características que la acercan a una sociedad de responsabilidad limitada. En una sociedad en comandita hay dos tipos de participantes: socios colectivos e inversores (socios comanditarios). Los socios colectivos están sujetos a las normas sobre sociedades colectivas; participan en la gestión de la sociedad y realizan negocios en su nombre. Los inversores no pueden gestionar los negocios; sólo hacen una contribución y tienen derecho a recibir parte de los beneficios correspondientes a su participación en el capital mancomunado. Pero no son responsables de todos sus bienes, sino sólo de una aportación al capital social, lo que los asemeja a los partícipes de una sociedad de responsabilidad limitada.

Asociación sencilla

Una sociedad simple, a diferencia de una sociedad general y limitada, no es un tipo de entidad legal. Esto no es una organización, es un tipo de acuerdo (Capítulo 55, Parte II del Código Civil de la Federación de Rusia).

En virtud de un simple contrato de sociedad (contrato de actividad conjunta), dos o más personas (socios) se comprometen a poner en común sus aportes y actuar juntos sin constituir una persona jurídica para obtener un beneficio o lograr otro objetivo que no contradiga la ley. Las partes de un acuerdo de asociación simple celebrado para la implementación de actividades empresariales solo pueden ser empresarios individuales y (u) organizaciones comerciales.

Por lo tanto, no puede iniciar su propio negocio con una simple asociación de inmediato; al menos primero debe registrarse como empresario individual;

Una asociación simple es una forma de asociación para realizar actividades comerciales conjuntas. En este caso, la propiedad invertida en el negocio no se separa, como ocurre con las personas jurídicas (donde pasa a ser propiedad de la propia persona jurídica), sino que sigue siendo propiedad de los socios (en propiedad común compartida). Todo lo que se obtenga en el futuro de las actividades conjuntas también pasará a ser propiedad común y compartida de los socios.

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